El mutuo desde Roma hasta nuestros días
Fil: Fernandez, Graciela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
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2024
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spelling | rdu-unc.5541332024-11-01T17:42:07Z El mutuo desde Roma hasta nuestros días Fernandez, Graciela Mutuo Relaciones Comerciales Prestamo Fil: Fernandez, Graciela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. Luego de realizar un estudio minucioso del mutuo desde sus origenes en Roma, pasando por nuestro Codificador, Dr. Dalmasio Velez Sarsfiel, el proyecto de Código de 1998 y nuestro Código Civil y Comercial; podemos decir que ya, el proyecto y luego el C.C.C.N. se apartan de la tradición romana que había continuado Velez Sarsfield en los contratos de deposito, mutuo civil y comercial y comodato, que hasta el presente solo se perfeccionan con la entrega. Por esa razón en el Código Civil de Velez el mero acuerdo consentido por las partes correspondientes a la formación de un mutuo no es suficiente para generar el efecto que sería propio de la convención que lo determina. Es decir, el mutuante no queda obligado a dar las cosas prometidas y desde luego, carecería de asidero que el mutuario contrajera la obligación de restituir una cantidad que no fue entregada. El Codificador Velez pone en evidencia la diferencia básica del sistema argentino con el Código Napoleón, trata Domat sus diferencias con el Código Civil cuya concepción es un contrato nominado re en el que la obligación unilateral de restituir del mutuario es causada por la entrega previa de una cantidad por el mutuante ue no va precedida de ninguna obligación correlativa y luego la concepción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Fil: Fernandez, Graciela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. Otras Derecho 2024-11-01T17:40:32Z 2024-11-01T17:40:32Z 2015 bookPart 978-85-8440-634-0 http://hdl.handle.net/11086/554133 spa Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ Impreso |
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