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especializadas y actualizadas en todas las áreas del conocimiento; lo que permite una
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Costos de transacción, governance y riesgo de expropiación en servicios públicos /
Con la aprobación de la Ley 25.561 de Emergencia Económica el 6 de enero del 2002 se inicia en Argentina un período de violación de las garantías otorgadas a inicios de la década de los noventa a inversores del sector de servicios públicos, garantías que lograron reducir sustancialmente el riesgo de...
Con la aprobación de la Ley 25.561 de Emergencia Económica el 6 de enero del 2002 se inicia en Argentina un período de violación de las garantías otorgadas a inicios de la década de los noventa a inversores del sector de servicios públicos, garantías que lograron reducir sustancialmente el riesgo de expropiación en el sector fomentando el ingreso de capitales extranjeros. La aplicación de dicha ley también inicia en el país un período en el cual se abandona la regulación de las empresas vía normas y reglas y se la reemplaza por otra basada en la discrecionalidad del gobierno. El objetivo de este trabajo es indagar acerca del tipo óptimo de governance utilizado por el gobierno para el sector a principios de la década de los noventa cuando se diseñó el proceso de privatizaciones y cuál debería ser dicho governance hoy a más de una década del inicio de la violación de los contratos. Definiendo governance como el marco institucional y contractual dentro del cual se prestan los servicios públicos (i.e. mercado, bilateral, trilateral, integración vertical), se concluye argumentando que luego de una década de violaciones contractuales y expropiaciones sin compensaciones, ni el governance bilateral (i.e. estado regulador con empresa privada integrada verticalmente) utilizado por el gobierno a principios de los noventa ni el recomendado por la taxonomía de Williamson (i.e. integración vertical estatal) serían los adecuados, por lo menos en el corto y mediano plazo. Dado que las garantías otorgadas a los inversores a principio de la década de los noventa no lograron evitar las violaciones contractuales, una estructura que tenga como objetivo minimizar el riesgo de una futura (nueva) expropiación debería basarse en un governance más de mercado, sin garantías para los inversores, y con empresas prestadoras de los servicios separadas verticalmente entre OpCos, con obligaciones sólo comerciales y de mantenimiento pero sin la responsabilidad de invertir en la expansión de las redes tarea que quedaría a cargo de NetCos bajo el formato de asociaciones público privadas (APP) o fondos fiduciarios (FF) creados a tal efecto.